Resumen: PRIMERO.- La demandante en la primera instancia plantea recurso de apelación al sostener que la desestimación de su demanda no es ajustada a derecho; mantiene la responsabilidad de la Sra. Julieta por encomendar la reparación de impermeabilización de su terraza y que para la juzgadora de instancia se sitúa como obra mal ejecutada que ha provocado el daño de este recurrente; si la demandada propietaria del piso superior sin autorización ni comunicación a la comunidad encomienda la reparación de un elemento común deberá asumir la responsabilidad por su conducta culposa de decidir de forma unilateral realizar obras sobre elemento común. La Sra. Julieta no acredita mediante prueba objetiva la idoneidad de la empresa que contrató para ejecutar el trabajo de impermeabilización que la empresa elegida fuera especialista en esta obra cuando ha quedado constatada su complejidad por lo que en su caso tendrá la demandada responsabilidad in eligiendo.